Justicia X Libertad · Venezuela · Ginebra, Suiza
Venezuela pidió cerrar ante la ONU el expediente sobre la Ley contra las ONG sin responder 12 preguntas
La representación venezolana solicitó el 30 de septiembre que la ONU dé por concluido el expediente sobre la Ley contra las ONG. El pedido llegó tres años después de las preguntas de cuatro relatores especiales y dejó sin respuesta el cuestionario sobre el impacto de esa norma.

La representación venezolana pidió a Naciones Unidas dar por concluido el expediente abierto por la Ley contra las ONG, pese a que el documento remitido no respondió una a una las 12 preguntas que cuatro relatores especiales formularon en 2023. La petición llegó el 30 de septiembre de 2026, tres años después de aquella comunicación y fuera del plazo de 60 días que rige para ese tipo de respuestas.
El intento de cerrar el caso alcanza directamente a las organizaciones que registran detenciones arbitrarias, acompañan a familias de víctimas, defienden a personas secuestradas por razones políticas y documentan denuncias de tortura. La discusión no es un trámite lejano de Ginebra: define cuánto margen queda para que la sociedad civil pueda existir, trabajar y denunciar sin quedar sometida a nuevos mecanismos de control.
Una respuesta tardía que pidió archivar el caso
El 21 de septiembre de 2023, cuatro relatores especiales de la ONU enviaron una comunicación sobre el entonces proyecto de Ley de Fiscalización, Regularización, Actuación y Financiamiento de las Organizaciones No Gubernamentales y Organizaciones Sociales sin Fines de Lucro. Las preguntas examinaban el efecto que el texto podía tener sobre la libertad de asociación, la libertad de expresión, el trabajo de quienes defienden derechos humanos y las obligaciones internacionales de Venezuela.
La respuesta venezolana no llegó en los meses siguientes. Fue remitida el 30 de septiembre de 2026, cuando la ley ya estaba en vigor y el espacio cívico acumulaba años de hostigamiento, restricciones y amenazas contra quienes documentan abusos. En lugar de desarrollar una contestación precisa a cada interrogante, el escrito solicitó que el expediente se diera por concluido.
La fórmula elegida revela una prioridad política: cerrar el registro internacional sin responder de fondo las preocupaciones que originaron la comunicación. Pedir el archivo no borra las preguntas sobre la capacidad de las organizaciones para asociarse, recibir apoyo, acompañar víctimas y mantener independencia frente a la estructura que controla el poder.
Doce preguntas que siguen en el centro del debate
Los relatores que firmaron la comunicación pertenecen a mandatos vinculados con la libertad de reunión pacífica y asociación, la libertad de opinión y expresión, la situación de las personas defensoras de derechos humanos y la protección de derechos en la lucha contra el terrorismo. Su intervención no respondía a una disputa partidista: se dirigía al impacto concreto de una norma sobre la vida de asociaciones, fundaciones, redes de apoyo y colectivos ciudadanos.
Las preguntas buscaban aclarar cómo se protegerían los derechos de quienes integran y se benefician de organizaciones civiles. También exigían explicaciones sobre disposiciones capaces de condicionar registros, recursos y funcionamiento de entidades independientes. Tres años después, el cuestionario sigue siendo una medida útil del problema: cada punto pendiente coincide con el temor de organizaciones que dependen de poder reunirse, financiar programas y atender a la población sin castigo administrativo o político.
La respuesta venezolana defendió la norma como compatible con la Constitución y los tratados de derechos humanos. También sostuvo que hubo consultas públicas y citó instrumentos usados para combatir el financiamiento del terrorismo. Pero la defensa general de la ley no sustituyó las respuestas específicas que la ONU había solicitado sobre garantías, riesgos y posibles afectaciones a la libertad de asociación.
Video publicado por Jonatan Palacios News
Preview audiovisual publicado por @JPActivista
La ley avanzó mientras el cuestionario quedó pendiente
El proyecto que dio origen al expediente pasó a ser ley el 15 de agosto de 2024. Su publicación en la Gaceta Oficial Extraordinaria N.º 6.855 se produjo el 15 de noviembre de ese mismo año. Para entonces, la consulta internacional iniciada en 2023 no tenía una respuesta de fondo de la representación venezolana.
La norma establece controles administrativos y financieros sobre organizaciones no gubernamentales y sociales sin fines de lucro. Esos controles recaen precisamente sobre espacios que, en un país marcado por la persecución política y la emergencia humanitaria, asumen tareas de acompañamiento, denuncia, atención y defensa que no pueden depender de la aprobación de quienes concentran el poder.
La organización que hizo pública la respuesta calificó el escrito como una simulación de cumplimiento. La expresión cobra sentido al observar la cronología: una respuesta entregada tres años tarde, con una defensa global del marco legal y una petición de cierre, sin despejar las dudas formuladas por cuatro expertos independientes. La ley permanece; las preguntas sobre sus efectos también.
Comparaciones que no despejan la preocupación
Para justificar la legislación, la respuesta venezolana comparó sus regulaciones con normas de países como Rusia, China y Nicaragua, además de otros Estados. La comparación no disipa la preocupación sobre Venezuela. Rusia, China y Nicaragua han sido señalados internacionalmente por reducir el espacio para organizaciones independientes, perseguir voces críticas y utilizar marcos regulatorios para cercar a la sociedad civil.
El debate de fondo no se resuelve acumulando referencias a otras leyes. Se resuelve demostrando que una organización que atiende víctimas, acompaña comunidades, defiende libertades o documenta abusos puede seguir trabajando sin amenazas, sin arbitrariedad y sin que su existencia dependa de filtros opacos. Esa prueba sigue siendo urgente en Venezuela.
Las personas defensoras no son una pieza decorativa del discurso institucional. Son quienes llegan primero cuando una familia necesita orientación, cuando una víctima requiere apoyo, cuando alguien desaparece bajo custodia de facto o cuando una comunidad debe dejar constancia de una violación. Reducir su capacidad de acción significa debilitar una de las pocas redes que conserva memoria y acompaña a quienes enfrentan abuso.
El expediente no puede borrar a la sociedad civil
La solicitud de cierre no equivale a una decisión de Naciones Unidas. El expediente continúa siendo relevante porque conserva una cronología: las preguntas de 2023, la aprobación posterior de la ley, su entrada en vigor y una respuesta enviada tres años después que pretende concluir el caso sin responder de forma detallada los cuestionamientos iniciales.
La exigencia planteada por las organizaciones es concreta: derogar la Ley contra las ONG y la Ley contra el Odio, investigar las detenciones arbitrarias y garantizar la libertad de asociación. No se trata de una concesión administrativa. Es la condición mínima para que víctimas, familias, defensores, trabajadores humanitarios y ciudadanos puedan organizarse sin que el miedo se convierta en el precio de ayudar o denunciar.
Un expediente internacional no debe cerrarse para aliviar la incomodidad de quienes enfrentan preguntas, sino cuando las garantías reclamadas pueden verse en la vida real. Mientras las organizaciones independientes continúen expuestas a controles que comprometen su autonomía y mientras las doce preguntas de los relatores permanezcan sin respuesta de fondo, el caso seguirá describiendo una deuda abierta con los derechos humanos en Venezuela.