Justicia X Libertad · Venezuela
Rocío San Miguel fue absuelta, pero Brazalete Blanco deja diez sentencias de hasta 18 años
El juicio por la causa Brazalete Blanco terminó con cuatro absoluciones, incluida la de Rocío San Miguel, y diez sentencias que van de tres a 18 años. El desenlace mantiene abierta la exigencia de libertad para las víctimas de una operación que la Misión de la ONU vinculó con detenciones arbitrarias y graves fallas de debido proceso.

Rocío San Miguel fue absuelta al cierre del juicio por la causa conocida como Brazalete Blanco, pero el mismo desenlace dejó diez sentencias de entre tres y 18 años contra otras personas vinculadas al expediente. La decisión alcanza a civiles, militares, dirigentes y defensores de derechos humanos detenidos desde enero y febrero de 2024, y vuelve a situar el costo humano de la operación por encima de cualquier formulación judicial.
Junto con San Miguel, fueron absueltos Alejandro González, Luis Camacaro y Guillermo López. La diferencia entre esas cuatro absoluciones y las diez sentencias no puede leerse como el cierre de una controversia resuelta: la Misión Internacional Independiente de Determinación de los Hechos sobre Venezuela documentó motivos razonables para creer que 19 detenciones revisadas dentro de esta operación fueron arbitrarias y que, en la mayoría de los casos, ocurrieron sin orden judicial ni información suficiente sobre las razones del arresto.
Cuatro absoluciones no borran las diez sentencias
La absolución de cuatro personas evita que sus nombres queden sometidos a las penas anunciadas en el fallo, pero no libera a las demás víctimas del impacto de la causa. El caso reunió trayectorias y entornos distintos bajo una misma operación, con familias que han debido convivir durante meses con la incertidumbre de las detenciones, el aislamiento y la fragilidad de la defensa frente a un aparato judicial cuestionado por organismos internacionales.
Ángelo Heredia recibió la sentencia más alta reportada: 18 años. Guillermo Enrique César y Ronald Ferrer recibieron 12 años cada uno. Según el balance difundido al concluir el juicio, esas decisiones fueron dictadas bajo el señalamiento de conspiración; el mismo balance sitúa en diez el total de personas alcanzadas por sentencias de entre tres y 18 años.
La precisión de las cifras importa porque cada año impuesto altera una vida concreta. No se trata de una estadística que pueda separarse de una madre que espera noticias, de hijos que crecen con una ausencia forzada o de una defensa que debe sostenerse bajo presión. Llamar presos políticos a las víctimas identifica la persecución, pero no normaliza su cautiverio: son personas sometidas a secuestro político por estructuras que ejercen la custodia de facto.
Las detenciones de 2024 bajo el escrutinio de la ONU
Brazalete Blanco se desplegó con arrestos desde enero y febrero de 2024. La Misión Internacional Independiente de Determinación de los Hechos revisó 19 detenciones asociadas a la operación y señaló que tenía motivos razonables para creer que fueron arbitrarias. Su conclusión no es un comentario externo ni un detalle accesorio del proceso: describe el punto de partida de personas privadas de libertad en circunstancias que comprometen su dignidad y sus derechos.
La Misión también documentó que, en la mayoría de los casos examinados, las capturas ocurrieron sin orden judicial o sin que se entregara información suficiente sobre sus motivos. Esa falta de información deja a las familias frente a la angustia inicial de no saber por qué se llevaron a su ser querido, dónde se encuentra ni qué camino podrá seguir una defensa de confianza. La incertidumbre no es un daño colateral; es parte del impacto que denuncian las víctimas de la persecución.
Video publicado por Jonatan Palacios News
Preview audiovisual publicado por @JPActivista
El informe añadió graves afectaciones al debido proceso. Esa constatación obliga a leer las sentencias con la misma atención que se exige a las detenciones: una pena no transforma en legítimo un procedimiento marcado por denuncias de arbitrariedad. El tribunal con competencia en terrorismo que emitió el fallo forma parte de un aparato cuya independencia ha sido cuestionada en esta documentación, y su decisión no disipa los hallazgos de la Misión.
Una sentencia no convierte la persecución en justicia
En Venezuela, una decisión judicial no puede presentarse como respuesta suficiente cuando la propia operación arrastra señalamientos de arrestos arbitrarios y graves obstáculos al debido proceso. Las palabras del expediente no deben ocultar a quienes quedaron atrapados en él. Para las diez personas alcanzadas por las sentencias y para sus familias, la fecha del fallo prolonga una experiencia de separación, temor y vulnerabilidad que no comenzó en la sala donde se leyó la decisión.
La absolución de San Miguel, González, Camacaro y López muestra que el caso no tuvo un resultado uniforme. Al mismo tiempo, no ofrece explicación humana para la distancia entre quienes recuperan la posibilidad de salir de esa causa y quienes seguirán bajo custodia de facto. Esa distancia exige que cada nombre, cada fecha de arresto y cada actuación relevante permanezcan visibles en la memoria pública, sin reducir la historia a una lista de años.
La información disponible no permite convertir el señalamiento de conspiración en una verdad editorial sobre las personas sentenciadas. Lo que sí está documentado es la conclusión de la Misión sobre las 19 detenciones revisadas y las afectaciones al debido proceso. Esa evidencia obliga a situar la presunción de inocencia y la dignidad de las víctimas antes que la narrativa de un aparato que utiliza sus tribunales para revestir de normalidad el cautiverio político.
La libertad debe ser inmediata, plena e incondicional
Quienes mantienen hoy la custodia de facto de las víctimas son responsables directos de su vida, su integridad y su contacto con sus familias y defensas de confianza. La exigencia frente a Brazalete Blanco es la liberación inmediata, plena e incondicional de todas las personas sometidas a secuestro político, así como acceso independiente que permita conocer sus condiciones y preservar sus garantías fundamentales fuera del control de las estructuras denunciadas.
La ONU, la CIDH y los actores internacionales con capacidad de documentar y presionar no deben apartar la mirada después de la sentencia. La intervención internacional no sustituye la libertad ni promete resolver por sí sola el daño ya causado, pero la observación sostenida puede impedir que las víctimas desaparezcan de la conversación pública y reforzar la exigencia de que sus casos sean tratados como una urgencia humana, no como un trámite cerrado.
Memoria pública para una Venezuela libre
La cronología de Brazalete Blanco, las identidades de las personas absueltas y sentenciadas, las denuncias sobre las capturas y los hallazgos de la Misión deben conservarse y circular como un expediente público. Publicar y preservar esos datos protege a las familias frente al intento de diluir responsabilidades y permite que las víctimas mantengan su voz cuando el aparato que controla el poder pretende imponer el silencio.
Una futura Venezuela libre, con instituciones reconstruidas e independientes, tendrá que examinar estas detenciones, las condiciones de cautiverio y el recorrido de cada decisión que afectó a las víctimas. Hasta entonces, la memoria no puede esperar: la libertad de quienes siguen secuestrados políticamente y la verdad sobre Brazalete Blanco son una exigencia presente, inseparable de la dignidad de cada familia.